Lunes, 12 de Enero del 2026

DECRETO 329/025 – NUEVO REGIMEN DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

¿A partir de que fecha será aplicable el nuevo decreto? 

 

Comenzará a regir a partir del 01/02/2026.

 

Las empresas que hayan presentado proyectos de inversión entre el 01/08/2025 y el 31/01/2026, los cuales estan sujetos a las disposiciones y beneficios establecidos en el régimen del Decreto 268/020, podrán optar por adecuarse al nuevo régimen, conservando su fecha de presentación. 

 

¿Hasta cuándo estará vigente el Decreto 268/020?

 

Para el periodo comprendido entre el 01/02/2026 y el 30/04/2026 las empresas podrán evaluar presentar sus proyectos bajo el régimen del Decreto 268/020 o el régimen nuevo (Decreto 329/025).

 

 

Puntos claves a analizar sobre la conveniencia de presentar un proyecto antes del 30/04/2026 bajo el régimen del Decreto 268/020:

 

- Si ya se cuenta con inversiones ejecutadas y aún no han sido incluidas en un proyecto, lo ideal sería ingresarlo bajo este régimen, ya que el nuevo decreto solo permite considerar inversiones realizadas 6 meses anteriores a la presentación del proyecto, siempre y cuando las mismas no representen un porcentaje mayor al 20% de la inversión total que se vaya a presentar.

 

- Si el proyecto es conveniente ingresarlo bajo el régimen de Matriz Simplificada (solo empleo), ya que con el nuevo decreto esta modalidad no estará disponible.

 

- Si se está evaluando la presentación de un proyecto incluyendo inversiones en Encalado de Suelo, ya que esta inversión no computa dentro de los indicadores considerados en el nuevo régimen.  

 

 

 

Incentivos adicionales que proporciona el nuevo régimen: 

 

Beneficio Mipyme: 

 

- Sin límite en montos de las inversiones.
- El incremental para Micro y Pequeñas empresas pasa a ser el 15% sobre el beneficio de IRAE y se adicionan 2 años en el uso del beneficio (anteriormente era un 10% adicional, y los años para el uso del beneficio se incrementaban en 1 año).
- Se agrega incentivo a las medianas empresas (personal ocupado: menor a 50 personas, e ingresos anuales del ejercicio anterior: menores a USD 12.000.000 aprox.) que gozarán de un 10% de beneficio adicional y obtendrían un plazo adicional de 1 año para el uso del beneficio. 

 

Proyectos de Gran Inversión: 

 

- Para aquellos proyectos cuyos montos de inversión sean superiores a USD 29.000.000 aproximadamente obtendrán una exoneración del 100% de la inversión elegible en el IRAE y accederán al plazo máximo para hacer uso de este beneficio, cuando se cumplan determinadas condiciones. 


Cambios en los indicadores: 

 

Si bien el nuevo Decreto establece cambios en varios puntos de la matriz de indicadores, habrá que analizar cada proyecto para ver su impacto.  

En principio, los incentivos adicionales podrían mitigar los cambios producidos en la matriz de indicadores.