Proyecto de Ley de Presupuesto 2025 – Principales Modificaciones Tributarias
El pasado domingo 31 de agosto se presentó ante el Parlamento el Proyecto de Ley de Presupuesto 2025.
Tener presente que se trata de un proyecto aún sujeto a discusión parlamentaria y a eventuales modificaciones.
A continuación, les resumimos los principales cambios tributarios:
Inclusión de rentas del exterior en el IRPF
Se amplia el alcance del IRPF a rentas del exterior. Este proyecto propone gravar también:
Algunas consideraciones relevantes:
Transparencia fiscal para sociedades con rentas del exterior
Cuando una persona física invierta en el exterior a través de sociedades (locales o extranjeras), deberá imputar en su IRPF las rentas generadas por dichas sociedades en el mismo ejercicio en que se obtienen, aun cuando no hayan sido distribuidas.
Venta de acciones de sociedades extranjeras con activos en Uruguay
Quedarán gravadas en Uruguay las ventas de acciones de sociedades del exterior cuando:
Este criterio aplicará tanto a IRAE, IRPF como a IRNR.
Modificaciones al “Tax Holiday”
A partir de 2026, quienes adquieran residencia fiscal en Uruguay podrán optar por tributar IRNR durante el año de la residencia y los diez siguientes (es decir estarán exonerados por las rentas del exterior).
Cumplido este plazo, pasarán a estar alcanzados por IRPF, pero con una reducción del 50% en la tasa aplicable a rendimientos del exterior.
El beneficio quedará condicionado a la realización de determinadas inversiones en Uruguay, que serán definidas por el Poder Ejecutivo.
Secreto bancario
Se habilita a la DGI a solicitar información de forma directa a instituciones financieras sobre movimientos bancarios de los contribuyentes en el marco de inspecciones y fiscalizaciones locales, o pedidos internacionales. De esta forma, se elimina la exigencia de la solicitud por la vía judicial.
IVA en importaciones directas y franquicias
Las compras en el exterior mediante envíos postales contarán con una franquicia anual de hasta USD 800, con un máximo de tres envíos.
No obstante, estas operaciones pasarán a estar gravadas por IVA, salvo excepciones específicas (ej. ciertos países como EE.UU.).
Impuesto Mínimo Complementario Doméstico
Se crea un nuevo impuesto alineado con el Pilar 2 de la OCDE, aplicable a grupos multinacionales con facturación conjunta superior a 750 millones de euros, en los casos en que su tasa efectiva en Uruguay sea inferior al 15%.
Otras modificaciones relevantes