Viernes, 5 de Septiembre del 2025

Proyecto de Ley de Presupuesto 2025 – Principales Modificaciones Tributarias


El pasado domingo 31 de agosto se presentó ante el Parlamento el Proyecto de Ley de Presupuesto 2025.

Tener presente que se trata de un proyecto aún sujeto a discusión parlamentaria y a eventuales modificaciones.

A continuación, les resumimos los principales cambios tributarios:

 

Inclusión de rentas del exterior en el IRPF

Se amplia el alcance del IRPF a rentas del exterior. Este proyecto propone gravar también:

• Rendimientos inmobiliarios (alquileres de inmuebles en el exterior).
• Enajenaciones de activos en el exterior (acciones, inmuebles, entre otros).


Algunas consideraciones relevantes:

• No se gravan los resultados por tenencia (solo rendimientos efectivamente obtenidos en dinero o especie).
• Con la redacción actual, no se incluyen aún alquileres ni ventas de inmuebles en el exterior, ya que se menciona únicamente rentas de entidades no residentes. Se espera una corrección a la versión actual.
• Podrán computarse como crédito las retenciones practicadas en el exterior.
• Algunas rentas quedarán expresamente excluidas como lo son rendimientos sobre activos muebles o intangibles (llaves, patentes, marcas), derechos de explotación de imagen y determinados instrumentos derivados.

 

Transparencia fiscal para sociedades con rentas del exterior

Cuando una persona física invierta en el exterior a través de sociedades (locales o extranjeras), deberá imputar en su IRPF las rentas generadas por dichas sociedades en el mismo ejercicio en que se obtienen, aun cuando no hayan sido distribuidas.

 

Venta de acciones de sociedades extranjeras con activos en Uruguay

Quedarán gravadas en Uruguay las ventas de acciones de sociedades del exterior cuando:

• La mayoría de sus activos estén radicados en Uruguay, o
• Posean activos en Uruguay por un valor superior a USD 4,9 millones.

Este criterio aplicará tanto a IRAE, IRPF como a IRNR.

 

Modificaciones al “Tax Holiday”

A partir de 2026, quienes adquieran residencia fiscal en Uruguay podrán optar por tributar IRNR durante el año de la residencia y los diez siguientes (es decir estarán exonerados por las rentas del exterior).

Cumplido este plazo, pasarán a estar alcanzados por IRPF, pero con una reducción del 50% en la tasa aplicable a rendimientos del exterior.

El beneficio quedará condicionado a la realización de determinadas inversiones en Uruguay, que serán definidas por el Poder Ejecutivo.

 

Secreto bancario

Se habilita a la DGI a solicitar información de forma directa a instituciones financieras sobre movimientos bancarios de los contribuyentes en el marco de inspecciones y fiscalizaciones locales, o pedidos internacionales. De esta forma, se elimina la exigencia de la solicitud por la vía judicial.

 

IVA en importaciones directas y franquicias

Las compras en el exterior mediante envíos postales contarán con una franquicia anual de hasta USD 800, con un máximo de tres envíos.

No obstante, estas operaciones pasarán a estar gravadas por IVA, salvo excepciones específicas (ej. ciertos países como EE.UU.).

 

Impuesto Mínimo Complementario Doméstico

Se crea un nuevo impuesto alineado con el Pilar 2 de la OCDE, aplicable a grupos multinacionales con facturación conjunta superior a 750 millones de euros, en los casos en que su tasa efectiva en Uruguay sea inferior al 15%.

 

Otras modificaciones relevantes

• IRPF: estarán alcanzadas por este impuesto, las indemnizaciones obtenidas fuera de la relación de dependencia.
• IVA: no será deducible la adquisición de vehículos por parte de unipersonales que hayan optado por tributar IRAE, por sus servicios fuera de la relación de dependencia.
• Zonas Francas: el mínimo de personal uruguayo exigido se reduce al 50% en caso de empresas de servicios (actualmente se debe solicitar autorización al MEF). No quedan dentro de las exoneraciones del régimen, el Impuesto Mínimo Complementario Doméstico.
• Compensaciones cruzadas: se permitirá compensar créditos de FONASA con pagos de IRPF, y viceversa.
• Donaciones especiales: el crédito fiscal se reduce del 70% al 50%.
• Convenios de pago: se amplía el plazo máximo de 36 a 72 meses para facilidades con DGI y BPS.
• Atracción de talento calificado: se prevé un régimen especial para trabajadores calificados del exterior que migren a Uruguay, similar al de Zona Franca (opción de tributar IRNR y no aportar a la seguridad social).